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“Cuando la gente intenta rebelarse contra la lógica férrea de la naturaleza, entra en conflicto con los principios mismos a los que deben su existencia como seres humanos. Sus acciones contra la naturaleza deben llevarles a su caída...”

El nuevo orden ecológico

by Übermensch on Nov.22, 2009, under

La ecología nacionalsocialista: las legislaciones de noviembre de 1933, julio de 1934 y junio de 1935.

"Im neuen Reich darf es keine Tierquálerei mehr geben...
En el nuevo Reich no debe haber cabida para la crueldad con los animales..."

Sacadas de un discurso de Adolfo Hitler, estas declaraciones inspiran la imponente ley del 24 de noviembre de 1933 sobre la Protección de los animales (Tierscchutzgesetz). Según Giese y Khler, los dos consejeros técnicos del Ministerio del Interior encargados de la redacción del texto legislativo, de lo que se trataba era de trasladar por fin este mensaje del Führer a la realidad concreta - una tarea imposible, al parecer, antes de la llegada al poder del nacionalsocialismo. Eso es por lo menos lo que explican en la obra que publican en 1939 bajo el título: El derecho alemán de la protección de los animales. En sus trescientas páginas de apretada escritura se encuentran reagrupadas todas las disposiciones jurídicas relativas a la nueva legislación, así como una introducción que expone los motivos filosóficos y políticos de un proyecto cuya amplitud, en efecto, no tenía entonces parangón. Muy pronto quedarán completadas, el 3 de julio de 1934, con una ley que limita la caza (Das Reichsjagdgesetz), y más adelante, el 1 de julio de 1935, con ese monumento de la ecología moderna que es la Ley sobre la Protección de la Naturaleza (Reichsnaturschutzgesetz). Fruto las tres de un encargo de Hitler, que hacía de ello un asunto personal, aun cuando correspondían también a los deseos de numerosas y poderosas asociaciones ecológicas de la época, llevan, además de la del canciller, las firmas de los principales ministros afectados: Göring, Gürtner, Darré, Frick y Rust.

Un hecho sorprendente: aun siendo estas tres leyes las primeras del mundo que tratan de compaginar un proyecto ecológico de envergadura con el afán de una intervención política real, no se encuentra el menor rastro de ellas en la literatura actual dedicada al entorno. Se trata sin embargo de una serie de textos muy elaborados, absolutamente significativos de una interpretación neoconservadora de lo que más adelante se llamará “ecología profunda”. (...)

Están especialmente presentes en la ley más importante, la que se refiere a la protección del reino animal, «esa alma viva de la campiña», según la formulación de Göring. Nos topamos, bajo la pluma de los redactores principales, Giese y Kahler, con un dilatado y minucioso análisis de las innovaciones radicales propias de la Tierschutzgesetz nacionalsocialista por oposición a todas las legislaciones anteriores, extranjeras o no, dedicadas a la misma cuestión. Pero, por confesión propia, esta originalidad se debe a que, por primera vez en la historia, el animal está protegido como ser natural, por si mismo, y no en relación con los hombres. Toda una tradición humanista, hasta tal vez humanitarista, defendía la idea de que, por supuesto, había que prohibir la crueldad para con los animales, pero más porque expresaba una mala disposición de la naturaleza humana -tal vez incluso porque corría el peligro de incitar a los seres humanos a la violencia-, que porque atentara contra los animales en cuanto tales. Como ya hemos visto, en este espíritu la Ley Grammont prohibía en Francia, desde mediados del siglo XIX, el espectáculo público de la crueldad hacia los animales domésticos (tauromaquias, peleas de gallos, etc.).

Pero si comparamos la Tierschutzgesetz con las que entran en vigor en los demás países de Europa a finales de los años veinte, es manifiesto, en efecto, que destaca por su voluntad expresa de acabar con el antropocentrismo. Hay que citar aquí la letra de los textos, que son de una precisión ejemplar:

"... el pueblo alemán posee desde siempre un gran amor por los animales y siempre ha sido consciente de las elevadas obligaciones éticas que tenemos para con ellos. Aun así, sólo gracias a la Dirección Nacionalsocialista el deseo, compartido por círculos muy amplios, de una mejora de las disposiciones jurídicas respecto a la protección de los animales, el deseo de la promulgación de una ley específica que reconozca el derecho que poseen los animales en cuanto tales a ser protegidos por sí mismos (um ihrer selbst Willen) ha sido llevado a la práctica". (...)

Dentro del mismo espíritu, es necesario superar la oposición, también de inspiración antropocentrista, entre animales salvajes y animales domésticos, con lo que la legislación nacionalsocialista anticipa de forma innovadora las exigencias más radicales del antiespecismo contemporáneo. Ese es el objeto del párrafo primero de la ley que «vale para todos los animales. Por "animal", en el sentido que lo entiende la presente ley, se comprenderán todos los seres vivos designados como tales tanto por el lenguaje corriente como por las ciencias de la naturaleza. Así pues, desde el punto de vista penal, no se hará ninguna diferencia entre animales domésticos y otros tipos de animales, ni entre animales inferiores y superiores, como tampoco entre animales útiles y nocivos para el hombre». Con lo que, con este texto que podrían firmar y rubricar con ambas manos nuestros deep ecologists, nos encontramos en el polo opuesto de la Ley Grammont.

Sin entrar en los pormenores de esta ley, hay que añadir que examina con sumo cuidado todas las cuestiones decisivas que hoy discuten los defensores del derecho de los animales. En todo ello parece adelantarse en cincuenta años (e incluso más) a su época.

Asimismo la “Tierschutzgesetz” llama la atención en dos puntos en los que se muestra particularmente prolija y minuciosa, en los que parece indicar que el amor por los animales no implica el de los hombres. (...)

En relación a la ley de protección de la naturaleza de 1935, su lectura trasluce en primer lugar una confusión romántica de lo cultural y lo natural que es la única que permite dar un sentido a la idea de una “belleza natural alemana”, o también a la de “monumentos naturales” que el párrafo 3º de la ley tendrá que definir en unos términos que recuerdan el proyecto, tan importante para la ecología profunda, de instituir unos parajes silvestres en sujetos de derecho: «Los monumentos naturales, tal como los entiende esta ley, son creaciones originales de la naturaleza cuya preservación resulta de un interés público motivado por su importancia y su significación científica, histórica, patriótica, folclórica o demás”. Así pues, la ley prevé la creación de “zonas naturales protegidas” (artículo 4º). (...)


Adaptación de la obra “El nuevo orden ecológico” de Luc Ferry.
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Achtung-Mensch es el resultado de una amplia investigación sobre la figura del canciller alemán Adolf Hitler y el desempeño de la Alemania del Tercer Reich durante la segunda Guerra Mundial. El blog no promueve el racismo, ni la propaganda política en ninguna de sus formas. Toda información, así como fotografías y fuentes que se entreguen, aluden a una etapa histórica, que pretende demostrar la importancia ética que poseían los animales para el gobierno del régimen nacionalsocialista alemán.

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